Legislación
República de Nicaragua
- Constitución
Artículo 26. -"Toda persona tiene derecho: A su vida privada y la de su familia; A la Inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo;(…). A conocer toda información que sobre ella hayan registrado las autoridades estatales, así como el derecho de saber por qué y con qué finalidad tiene esa información".
- Norma general
Ley nº 787, Ley de Protección de Datos Personales
Decreto 36-2012, de 19 de octubre, Reglamento de desarrollo de la Ley Nº 787.
- Normas sectoriales
- No Existe Normas Sectoriales, aunque suelen utilizarse cláusulas de confidencialidad en casos concretos.