Artículo 24. -"Inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros. Se garantiza el secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas, radiofónicas, cablegrafícas y otros productos de la tecnología moderna".
Artículo 30.- "Publicidad de los actos administrativos.".
Artículo 31. Acceso a archivos y registros estatales, así como a corrección, rectificación y actualización. Quedan prohibidos los registros y archivos de filiación política, excepto los propios de las autoridades electorales y de los partidos políticos.".