Sector Financiero
2004 - Texto del III Encuentro Iberoamericano
I. LA PROTECCIÓN DE DATOS Y LA PERSPECTIVA DEL SECTOR FINANCIERO
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El tratamiento (1) leal, lícito, transparente y ético de datos personales constituye una garantía de la persona que debe ser respetada en la búsqueda de objetivos como velar por la estabilidad del sistema financiero y facilitar el acceso al crédito. La obtención y uso de información personal para mitigar y administrar los riesgos que implica el otorgamiento de crédito debe ir acompañada del respeto de los derechos de las personas en cuanto al tratamiento de sus datos personales. Una protección efectiva de datos financieros propicia que las personas estén más dispuestas a apoyar el flujo de su información. Para alcanzar estos objetivos es importante la actividad de las centrales de riesgos
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(1) A efectos del presente documento, esta expresión se entenderá como cualquier operación o conjunto de operaciones, efectuadas o no mediante procedimientos automatizados, y aplicadas a datos personales, como la recolección, registro, organización, conservación, elaboración o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación, difusión o cualquier otra forma que facilite el acceso a los mismos, cotejo o interconexión, así como su bloqueo, supresión o destrucción, públicas y las Centrales de Información Crediticia (2) privadas (CIC). Estas últimas facilitan a sus usuarios la medición del riesgo crediticio
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(2) Esta expresión comprende los burós de crédito, las centrales de riesgo, las protectoras de crédito y en general cualquier base de datos privada o empresa que realiza actividades de tratamiento de datos personales para la evaluación de riesgo. de acceso, actualización o rectificación de su información personal, que permiten, además de constituir una garantía para el ciudadano, incrementar la calidad de la información de las bases de datos. Adicionalmente, el fomento de una cultura organizacional de la protección de datos al interior de las CRP y las CIC y sus fuentes de información contribuirá a alcanzar el cometido citado.
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En adición a la incorporación de los principios esenciales de protección de datos reconocidos en instrumentos nacionales e internacionales, la regulación sobre protección de datos personales debería prever pautas que reconozcan las particularidades del dato financiero.
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Los desarrollos normativos deberán permitir el flujo de información a los intermediarios financieros para la evaluación de riesgos de su actividad, garantizando el derecho fundamental a la protección de datos personales de forma que exista un equilibrio entre ambos.
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La recolección y circulación de datos financieros de las personas se ha convertido en una herramienta valiosa en la solidez, modernidad y competitividad del sistema financiero.
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En este sentido, las Centrales de Riesgos Públicas (CRP) por su función de garantizar la estabilidad del sistema financiero deben estar habilitadas para el tratamiento de los datos necesarios para cumplir aquella finalidad.
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Las CIC contribuyen a solucionar las asimetrías de información en los mercados de crédito, fomentar una cultura de pago y, en general, al desarrollo de la actividad crediticia sobre bases sanas.
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Tanto los proveedores de servicios financieros como los consumidores obtienen beneficios al operar en un mercado con mayor calidad de información sobre las personas. La información que las CIC transmiten a terceros debe ser confiable y de calidad. Por lo tanto, ésta debe ser veraz, exacta, completa y actualizada.
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Pese a los avances y esfuerzos nacionales e internacionales que se han realizado sobre la materia, continúan presentándose situaciones en las que por diversas razones y circunstancias se ha dado un tratamiento indebido a los datos financieros de las personas. Por eso, todos los actores involucrados en el tratamiento de este tipo de información (las CRP y las CIC así como sus fuentes de información entre otros) deben impulsar y fortalecer medidas para garantizar en todo momento un nivel adecuado de protección de la información de los usuarios del sector financiero. Esto debería ir acompañado de servicios expeditos y efectivos de atención al cliente con miras a respetar sus derechos
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Todo lo anterior no sólo permitirá generar confianza en los ciudadanos respecto del tratamiento de sus datos crediticios sino que constituye un imperativo para respetar las obligaciones legales y éticas en el tratamiento de datos personales.